jueves, 30 de abril de 2015

LA OPERACIÓN CHAVÍN DE HUÁNTAR Y LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS



Leo con preocupación los comentarios que en las redes sociales los peruanos (algunos) hacen en torno a este caso. Digo con preocupación ya que el nivel de desinformación sobre este asunto es altísimo. Incluso hay quienes aseguran que la Corte declarará inocentes a los terroristas y culpables a los comandos, afirmación que todo abogado medianamente instruido sabe que es absolutamente falsa. ¿Por qué es falsa esta afirmación? Muy simple: la Corte no tiene competencia para declarar la inocencia o culpabilidad de ninguna persona (terrorista o comando), lo que sí hace la Corte es sentenciar a los Estados (recuérdenlo) cuando estos violan los derechos y libertades fundamentales reconocidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre ellos, el Debido Proceso.

Como se recuerda, esta historia comenzó en 2001 cuando el diplomático Hidetaka Ogura aseguró haber visto con vida al terrorista Eduardo Cruz Sánchez (Tito), y a otros dos más luego de concluido el operativo. En otras palabras, fueron tres los terroristas que a pesar de haber sido reducidos (ya se habían rendido) fueron ejecutados extrajudicialmente por personal militar. Posteriormente, a esta versión se sumaron las declaraciones ante el Ministerio Público de los Sub Oficiales de la PNP Raúl Robles Reynoso y Marcial Torres Arteaga, quienes también manifestaron haber visto con vida a Tito.

Fue así como en 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un informe responsabilizando al Estado Peruano (no a los comandos, reitero) de no haber investigado los hechos de manera adecuada y de no identificar oportunamente a los responsables de la muerte de los terroristas capturados. Es decir, para la CIDH el Estado Peruano violó el derecho al Debido Proceso de los deudos al no haber investigado y procesado idóneamente este caso, a pesar de existir abundante material probatorio que exigía diligencias indagatorias profundas a efectos de esclarecer la verdad de lo ocurrido (testimonios, pericias, pruebas indiciarias, y un largo etcétera).




Es más, y como para desbaratar la tesis de los sectores que aprovechan esta coyuntura para volver a tildar de pro terrorista a la Corte, en 2012, la Corte Suprema de nuestro país determinó que, por lo menos uno de los terroristas, hablamos de Tito, había sido ejecutado extrajudicialmente luego de haber sido capturado y entregado a un efectivo militar.

Sin embargo, y a pesar de que esta información es de público conocimiento, al parecer los peruanos de las redes sociales no logran comprender (o no quieren hacerlo) que la CIDH no cuestiona la legitimidad del Operativo Chavín de Huántar ni el valor de los comandos que participaron en esta brillante acción militar de rescate de rehenes, sino la responsabilidad del Estado Peruano al no garantizar la vida de los tres terroristas –por lo menos uno de acuerdo a nuestra propia Corte Suprema-  que habiendo sido capturados y estando rendidos fueron ejecutados extrajudicialmente.
Sobre este último punto, es preciso recordar que de acuerdo a diversas investigaciones realizadas (la de Umberto Jara o Edmundo Cruz, por ejemplo), no existen pruebas que señalen a los comandos como presuntos responsables de las ejecuciones extrajudiciales. De hecho, para estos investigadores, lo que sí existen son pruebas que acreditan que quienes eliminaron a los terroristas (capturados y rendidos) no fueron los comandos sino personal del Escuadrón Júpiter, grupo militar vinculado al Servicio de Inteligencia Nacional liderado por Nicolás de Bari Hermosa Ríos, Vladimiro Montesinos Torres y Jesús Zamudio Aliaga.


Dicho todo ello, debería quedar claro (al menos para el peruano promedio) que lo que la Corte resolverá en este caso es si el Estado Peruano garantizó o no el derecho al Debido Proceso de los deudos (el denominado acceso a la justicia) o si este derecho fue violado, por ejemplo, cuando sometió este caso a conocimiento del fuero militar (decisión absolutamente inconstitucional) y no a los tribunales civiles, como ocurrió luego.
Además, debemos tomar en cuenta que las denuncias presentadas por los familiares de los terroristas fueron formuladas en el año 2001, es decir, han transcurrido catorce largos años sin que el Estado Peruano emita un respuesta definitiva al respecto, hecho que sin lugar a dudas, salvo algún abogado me demuestre lo contrario, viola flagrantemente el derecho al plazo razonable en la administración de justicia.
No obstante lo ya señalado, considero necesario redondear esta reflexión diciendo que salvo que los Estados Americanos que eligen a los jueces de la Corte sean pro terroristas, como algunos irresponsables señalan, quienes critican a la Corte deberían evaluar sus fallos de manera objetiva, sin apasionamientos ni sesgos ideológicos, pues eso es lo que un “crítico responsable” debería hacer en estos casos.

Por ello, no creo exagerar al decir que indigna el hecho de ver cómo en las redes sociales algunos desinformados (y otros de mala fe) despotrican contra la Corte, insultan a sus jueces y desinforman a la gente, sin antes haberse tomado la molestia de leer sus decisiones, o más aún, sin saber cuáles son sus competencias y funciones. Salir a los medios a decir que la Corte es pro terrorista no sólo es una blasfemia sino una estupidez monumental que carece de todo sustento lógico. Peor aún, cuando la calumnia parte de “líderes de opinión” que en teoría son los llamados a hacer pedagogía, salvo que como dijo alguna vez Aristóteles, estos señores no actúen así por ignorancia o estupidez, sino por puro interés. 

Etiquetas: , ,

jueves, 23 de abril de 2015

LECCIONES PARA PARTICIPAR EN POLÍTICA: ¿POR QUÉ Y PARA QUÉ HACER POLÍTICA?


Luego de terminar de leer el magnífico libro de Jordi Sevilla, destacado parlamentario y ministro español, titulado “Para qué sirve hoy la política” (Editorial RBA: 2012), creo necesario compartir cuatro notas que el autor expone sobre la participación en política. Digo ello, pues estando a menos de un año de las próximas elecciones generales, resulta oportuno reflexionar sobre la participación política de los ciudadanos -sobre todo de los más jóvenes- teniendo en cuenta que al parecer las nuevas generaciones están hartas de la política y rechazan visceralmente todo aquello que se encuentre asociado a esta palabra.

Para JS lo primero que deberían tener en cuenta las personas que desean participar en política es que la actividad política debe inscribirse en el ámbito del hacer y no del ser. Es decir, uno debería dedicarse a la actividad política para hacer cosas, para ayudar a transformar la realidad mejorando el bienestar de la gente, en especial de los más desfavorecidos. ¿Es legítimo querer ser presidente, parlamentario o alcalde? Claro que sí, pero no para serlo, como objetivo personal, sino porque desde ahí puedes tomar decisiones, hacer cosas en beneficio de otros, que no se pueden hacer desde otros sitios.

La segunda, que para participar en política es conveniente hacerlo desde una profesión previa. En el caso del autor, esta convicción lo llevó a dedicarse primero a la carrera pública, para luego de la experiencia acumulada, y sintiendo que tenía mucho que aportar al debate público, dedicarse de manera decidida a la política profesional. De hecho, siempre es importante contar con una carrera profesional a la cual volver, expone JS, sobre todo cuando las cosas en política no resultan como uno espera o cuando por razones de principios sea preciso dar un paso al costado en salvaguarda de la moral y/o ética personal.

La tercera, que los partidos y los grupos políticos (cualquiera sea su tendencia) son instrumentos esenciales para conseguir algunos objetivos colectivos, pero nunca, fines en sí mismos. Además, afirma el autor, luego de la experiencia negativa vivida en Europa gracias al centralismo democrático stalinista de los partidos comunistas, resulta imprescindible fomentar al interior de los partidos la discrepancia, siendo tolerantes con las críticas, apostando por el debate abierto de ideas en contra de las propuestas totalitarias. Entonces, cuando en un partido las decisiones son siempre tomadas por la dirigencia, sin someter las cuestiones a debate, valiéndose de su poder o fuerza para imponer la voluntad de los líderes sobre la de los demás, nos encontramos ante la más evidente desnaturalización de lo que debe ser un partido político democrático.


La cuarta, que la democracia es una flor delicada que debemos cuidar con mimo, siempre. Por ello debemos tener presente que la libertad de expresión, la discrepancia pacífica, la no descalificación ni el insulto, la democracia de calidad, la apelación a los ciudadanos, son valores positivos que se deterioran con el mal uso. Además, JS señala que es preciso comprender que el interés general en política sí existe y siempre debe primar, y que éste no es solo la suma de intereses particulares, sino la búsqueda de un objetivo común. De hecho, una de las ideas clásicas de la política es la que define a esta actividad como una labor colectiva en beneficio de la colectividad, la búsqueda del bien común, diría Aristóteles.

A modo de conclusión, luego de revisar las casi 330 páginas de este libro, me gustaría, como lo hace el autor, explicarles a los jóvenes que a pesar de su escepticismo y hartazgo, si analizamos con objetividad las cosas nos podremos dar cuenta que ninguno de los problemas por los cuales atraviesa la sociedad (políticos, económicos, sociales y/o culturales) tienen solución al margen de la política. Más aún, que la alternativa a la buena política no es solo la mala política sino, también la sustitución de la política por las mafias, la corrupción, el narcotráfico o el autoritarismo.


De allí la necesidad de participar en política, ya que como refiere el autor, los que dicen no sentir interés por la política o que esta les aburre, no se percatan de que en el mundo real si no haces política, te la hacen. Por tanto, participar en política no es otra cosa que rechazar el que otros –no necesariamente buenos- decidan sobre la vida de uno mismo. Por ello, es preciso que participemos y nos comprometamos con la búsqueda de ese ideal que la Ilustración y el Liberalismo nos heredaron: el derecho a que nadie, ni nada decida por nosotros, siendo conscientes de que la política, como gestión colectiva, su hacer, no hacer o cómo hacer, terminará afectando siempre la vida de los ciudadanos de un país.

Nota: esta columna ha sido publicada el 23 de abril de 2015 en:

http://www.puntodeencuentro.pe/columnistas/rafael-rodriguez-campos/lecciones-para-participar-en-pol%C3%ADtica-%C2%BFpor-qu%C3%A9-y-para-qu%C3%A9-hacer-pol%C3%ADtica.html

Etiquetas: ,

lunes, 20 de abril de 2015

EL DERECHO A LA PROTESTA SOCIAL: DE CONGA A TÍA MARÍA


Las protestas sociales y la creciente politización de los movimientos sociales a nivel nacional han marcado la gestión del Presidente Ollanta Humala desde el primer año de gobierno. Primero fuimos testigos de la paralización del Proyecto Conga (Cajamarca), para luego, cuatro años después de este suceso, volver a presenciar el mismo panorama para el caso del Proyecto Tía María (Arequipa). Pero más allá de señalar a los responsables políticos en ambas crisis, resulta necesario exponer algunas ideas en torno a este fenómeno, pues ninguno de los gobiernos democráticos elegidos luego de la caída de la dictadura, ha sabido comprender los factores que explican la protesta social en democracia.

Al parecer, existe un sector de la sociedad que mantiene una percepción equivocada en torno a esta problemática. Este sector cree que los movimientos y la protesta social son resultado de procesos de atomización social, alienación o frustración. Esta percepción en la actualidad se encuentra en franco retroceso, pues en muchos casos, sino en la mayoría, estos movimientos están conformados por personas racionales y socialmente activas que estando bien integradas en su comunidad buscan defender sus intereses por canales diferentes a los que las institucionales oficiales reconocen (Parlamento, partidos políticos y otras), tal y como lo ha señalado el BID.

Estamos seguros que algunos lectores rebatirán lo señalado por el BID afirmando que eso no es cierto, que es pura teoría y que lo que en realidad sucede es que la calle ha caído en manos de grupos extremistas que imbuidos de la prédica comunista buscan réditos políticos avivando las contradicciones existentes. No podemos negar que toda protesta social registra la presencia de oportunistas que haciendo disturbios buscan un protagonismo que de otra manera no conseguirían. Pero cometemos un error si creemos que la explicación de este fenómeno se reduce a la presencia de estos azuzadores a los que algunos llaman torpemente “terroristas ambientalistas/antimineros”, ya que si la calle se mueve es porque la población siente un descontento históricamente insatisfecho, que es capitalizado por los extremistas.


¿Por qué se da este fenómeno?

En primer lugar, porque nuestra joven democracia no ha sido capaz de dar atención a las necesidades sociales de la población, transparentar el manejo de la cosa pública, luchar frontalmente contra la corrupción y evitar la captura del Estado por los intereses particulares de los grupos de poder fáctico.

En segundo lugar, porque si bien el modelo económico adoptado genera importantes ingresos económicos al país, la administración de los mismos por parte del Estado, no ha sido capaz de garantizar servicios públicos de calidad (educación, salud, justicia, y saneamiento) a la población menos favorecida (rural y urbano marginal, principalmente). En otras palabras, la democracia no ha cumplido con las expectativas que en su momento generó entre los más necesitados.

En tercer lugar, porque luego de 194 años de república, nuestro país no ha sido capaz de construir un proyecto nacional compartido. Los políticos no han tenido la capacidad suficiente para proponerle al país (sobre todo a los más pobres) una visión de futuro colectivo en donde todos los ciudadanos se sientan iguales en derechos y obligaciones. Mientras subsista en nuestra patria el sentimiento de muchos peruanos que ven a diario cómo la ley no se aplica igual para todos, la justicia solo llega para quienes tienen influencias o los beneficios del crecimiento se concentran en una minoría, será muy difícil abrazar la idea de un Perú realmente inclusivo.


Ahora bien, frente a la protesta y a la movilización social, muchos recuerdan con nostalgia los años de autoritarismo, afirmando que prefieren el orden a la libertad, señalando que nadie protestaba en aquel tiempo y que todo era calma y tranquilidad. Esa percepción es absolutamente equivocada, el autoritarismo de los noventa usó la violencia para acallar las voces disidentes y arremetió contra los que se atrevían a disentir con el poder. No caigamos en ese juego, reconozcamos las ventajas de ser libres, y al mismo tiempo, asumamos la tarea de construir en democracia un país más libre, justo y solidario para “todos”.

Etiquetas: , ,

martes, 7 de abril de 2015

LA SECRETA VIDA LITERARIA DE AUGUSTO PINOCHET


En mayo de 2013, Juan Cristóbal Peña (JCP), autor del premiado reportaje “Viaje al fondo de la biblioteca de Pinochet”, publicó el libro “La secreta vida literaria de Augusto Pinochet”, logrando, lo que para muchos constituye, uno de los mejores retratos íntimos del dictador chileno.

Lo que JCP buscó con esta minuciosa y paciente investigación fue dar forma al perfil intelectual del dictador que gobernó Chile durante diecisiete largos años. Para el autor, lo que arroja esta investigación es la figura de un personaje receloso y obsesivo, con un gran complejo de inferioridad que lo atormentaba.

El libro se divide en cuatro partes, cada una de ellas nos acerca a la privacidad del dictador, al que JCP describe como un hombre cuyas acciones estuvieron siempre motivadas por el resentimiento de un militar enceguecido por el poder.

CRIMEN DE AUTOR

En esta primera parte, JCP narra el fatídico final del General chileno Carlos Prats, y de su esposa Sofía Cuthbert, cuyos cuerpos fueron destrozados por una poderosa carga explosiva en Argentina, un año después de que Pinochet asaltara el poder el 11 de setiembre de 1973.

Recordemos que Carlos Prats, el mejor militar de su generación (muy por encima de Pinochet), fue el general constitucionalista que hasta el final de sus días defendió al gobierno democráticamente elegido de Salvador Allende, razón por la cual, luego del golpe de Estado, se vio obligado a dejar su país en un auto particular, después de aclarar, como lo recuerda JCP, ante la televisión chilena, que no comandaba ninguna facción constitucionalista del Ejército proveniente de Concepción, como se lo habían hecho creer a Pinochet sus acólitos.


A pesar de esta pública confesión, durante su exilio en Buenos Aires, el General Carlos Prats que recomendó ante el presidente Allende a Pinochet para sucederlo en la Comandancia en Jefe del Ejército, se vio obligado a trabajar a jornada completa en una distribuidora de neumáticos porque no recibía la pensión que le correspondía como oficial en retiro, pero sobre todo, apunta JCP, porque al poco tiempo de establecerse en Buenos Aires, fue objeto de una feroz campaña de desprestigio, seguimientos, reglajes y amenazas de muerte, ordenados directamente por el gobierno de Pinochet.

De allí que JCP afirme que el asesinato de Carlos Prats, haya estado motivado por el temor que en Pinochet generaba la figura de su antecesor, cuyo carisma y prestigio podían amenazar el liderazgo del dictador al interior del Ejército. Como lo señala JCP, Pinochet sabía que la voz de Carlos Prats seguía siendo escuchada por los oficiales chilenos, pues era la palabra del más destacado oficial de su generación, un brillante general del Ejército a quien sus pares admiraban por sus capacidades intelectuales pero a quien también, aunque en menor proporción, envidiaban. Fue este sentimiento y los fantasmas pinochetistas los que terminaron por firmar la sentencia de muerte de Carlos Prats el día 30 de septiembre de 1974.

EL APRENDIZ

En esta segunda parte, JCP presenta al joven aprendiz de dictador, que en sus años mozos, luego de dos intentos fallidos, logró ingresar a la Escuela Militar, para luego, ofrecer pruebas irrefutables que acreditan la mediocridad académica e intelectual de Pinochet.

Pero además de presentar el desempeño académico de Pinochet (luego veremos el reporte de notas), JCP contextualiza con maestría los años del joven Pinochet, recordando que cuando el dictador logró matricularse en la Escuela Militar en el año 1933, el presidente Alessandri regresaba al poder en Chile, luego de la caída de la dictadura de Ibañez. En palabras de JCP, Chile tenía una democracia frágil, bajo permanente amenaza, que era necesario resguardar con milicias republicanas formadas por cuadros civiles que desconfiaban de sus Fuerzas Armadas.

El problema en Chile de 1933 no eran los políticos, afirma JCP, en esos años no había peor cosa que un militar. No solo se recelaba de ellos. Si había una profesión donde se estudiara poco y se pensara menos, esa era justamente la que había elegido Pinochet. Esa desconfianza, ese desdén con el que eran mirados los uniformados terminaría marcando la relación de Pinochet con la civilidad, sector en el que jamás depositó su confianza, mucho más si se trataba de políticos o intelectuales ganados por el “comunismo internacional”.


JCP muestra que las mejores notas de Pinochet fueron en los cursos de condiciones de mando, y conducta y espíritu militar. En ambos obtuvo un 7,0. Las peores fueron en matemáticas (3,0), topografía (4,0), conocimiento de armas (4,5), y redacción militar (4,6).

En palabras del Comandante Ramón Salinas, encargado de redactar la hoja de calificación del último año de Pinochet en la Escuela Militar, se trataba de un alférez de conducta excelente, muy puntual, entusiasta, trabajador, disciplinado y exigente con sus subalternos. Sin embargo, en lo que se refiere a sus “condiciones de inteligencia”, estas no pasaron de ser “satisfactorias”.

En este mismo reporte, el Comandante Salinas le aconsejó a Pinochet mejorar su dicción y redacción, por ello no deja de sorprender, como veremos luego, que años más tarde, el dictador se haya convertido en un “destacado escritor de libros”.

LA CORTE EDITORIAL

En esta tercera parte, JCP muestra cómo los fracasos académicos y la mediocridad intelectual exhibida por Pinochet durante los años en la Escuela Militar, primero, y luego en la Academia de Guerra, lo motivaron a convertirse en autor de libros de historia y geografía, los cuales a pesar de presentar serias omisiones y deficiencias en cuanto al manejo de las fuentes (nunca citó una de ellas) fueron considerados obras de necesaria consulta para las nuevas generaciones de militares en Chile.

Justamente fue ese afán desmedido por sobresalir en el campo académico, explica JCP, el que lo llevó a escribir un libro como “Geopolítica”, en el que reprodujo párrafos copiados al pie de la letra de una obra de Gregorio Rodríguez, su profesor en la Academia de Guerra. En otras palabras, Pinochet era un “escritor original” al que le costó siempre reconocer los derechos de autor de las personalidades a las cuales copiaba y plagiaba sin mayor vergüenza.


Es así como luego de usurpar el poder en 1973, Pinochet, valiéndose del poder que ostentaba, y al amparo de una corte de escritores, editores, bibliotecarios y libreros empeñados en crearle una imagen de militar académico y eximio intelectual, mal utilizó los recursos públicos chilenos destinados para la promoción de la cultura nacional en la publicación, edición y reedición de sus obras, todas ellas carentes de rigor científico y calidad literaria, como se encarga de demostrar JCP con abundante material documental.

Entonces, fue esta práctica de “autopublicación dictatorial” la que hizo posible que libros como “Geopolítica”, “Geografía Militar”, “El día decisivo”, “Guerra del Pacífico”, “Pinochet: Patria y Democracia” o “Política, Politiquería y demagogia”, llegaran a los estantes de las librerías chilenas, muchos de los cuales, hoy en día, se rematan a precio de feria debido a su escasa demanda. En otras palabras, la historia reciente y el ojo agudo de investigadores independientes, han demostrado que las obras del “General” no eran otra cosa que “los ordenados apuntes de clase de un militar de inteligencia satisfactoria”. Nada más.

EL BIBLIÓFILO

En esta cuarta parte, JCP describe cómo el joven aprendiz que logró entrar a la Escuela Militar solo después de dos intentos fracasados, se convirtió en el coleccionista que creó bibliotecas avaluadas en millones de dólares.


JCP cuenta que fue Gonzalo Catalán el encargado de liderar el equipo de expertos que debía determinar el valor y origen de los libros que Pinochet tenía dispersos entre sus tres casas, la Academia de Guerra y la Escuela Militar, todo ello a pedido del juez que instruía el caso de las millonarias cuentas del Banco Riggs, expediente judicial que además de confirmar los abusos cometidos por Pinochet en el poder, terminaría demostrando que las denuncias de corrupción que los opositores habían presentado en años anteriores, no eran, como algunos pinochetistas decían “intrigas de los comunistas a los cuales el General había vencido”, sino casos puntuales de latrocinio y aprovechamiento indebido de dinero público.

Cierto es que desde joven Pinochet fue aficionado a los libros, afirma JCP, en particular a los de historia, geografía y guerras. En su declaración jurada de bienes del 21 de setiembre de 1973, a diez días del golpe de Estado, Pinochet dijo poseer una biblioteca particular por un valor de 750 mil escudos. Esto es, cerca de doce mil dólares, precisa JCP.

Pero nada se compara, pues las cifras son demoledoras, con las bibliotecas que logró construir luego de asumir el gobierno chileno, las mismas que experimentaron un sostenido incremento, producto no solo de los regalos propios del cargo de Presidente de la República que se asignó, sino del uso de fondos públicos. Se trata, como explica JCP, de bibliotecas que fueron descubiertas de manera fortuita, a propósito de la investigación judicial seguida en contra del dictador por los depósitos que él tenía bajo nombres secretos en Estados Unidos.

De acuerdo con el informe pericial elaborado por Gonzalo Catalán y Berta Concha, los libros que Pinochet tuvo distribuidos entre sus casas de Los Boldos, Los Flamencos y El Melocotón, además de la Academia de Guerra y la Escuela Militar, sumaban unos 55 mil volúmenes. Se trata de libros de un altísimo valor patrimonial y comercial: primeras ediciones, antigüedades, y rarezas, algunas de las cuales ni siquiera se encuentran en la Biblioteca Nacional de Chile, se lee en el informe. Pero: ¿En cuánto fue cotizada la biblioteca de Pinochet? Contando mobiliario, adornos, encuadernaciones y otros accesorios, los libros fueron tasados en cerca de tres millones de dólares, cifra que resulta inalcanzable para cualquier ex Presidente que se jacte de haber gobernado su país con las manos limpias.


CONCLUSIÓN

Al término de esta columna, tomo un párrafo de JCP para decir que lo que demuestra esta investigación es que Augusto Pinochet Ugarte era un hombre de reservas y misterios, y al menos en público, en el ejercicio del poder, no se caracterizaba por demostrar una gran cultura, más bien lo contrario: proyectaba ser básico y ramplón, de conceptos elementales. Alguna vez Pinochet dijo que en cama, antes de dormirse, leía “un cuarto de hora, por lo menos”. También dijo que admiraba a “los señores Ortega y Gasset”, aunque no se sabe si esa monumental brutalidad la dijo en broma o en serio, precisa JCP.

Lo que me queda claro al terminar de leer este libro es que todo hombre, incluso los dictadores más inescrupulosos, son también seres humanos profundamente complejos, que arrastran y cargan a cuestas los miedos, frustraciones y tristezas del pasado, y que una vez en el poder, lo usan consciente o inconscientemente, para redimirse o saldar las cuentas pendientes contraídas lo largo de la vida con propios y extraños.

Por otro lado, con respecto al autor de este libro, debo decir que no exagera la Editorial Debate al afirmar, como se lee en la contratapa, que con la rigurosidad y el talento narrativo a los que nos tiene acostumbrados, JCP, logra, a partir de una prosa exquisita y un rigor documental dignos de mención, retratar de manera notable la vida íntima del dictador chileno.


Nota: dedico esta columna a mi amada hermana María Teresa Rodríguez Campos, psicóloga de la Pontificia Universidad Católica del Perú, por haberme comprado este libro durante su último viaje a Chile. A ella, como a todos aquellos que ponen un libro más en los estantes de mi biblioteca personal, mi más sincero agradecimiento. 

Etiquetas: , ,

miércoles, 1 de abril de 2015

EL DERECHO A MORIR DIGNAMENTE


En abril del presente año, la Comisión de Salud del Congreso de la República del Perú, deberá debatir el Proyecto de Ley N° 4215/2014/CR, presentado por el Grupo Parlamentario Dignidad y Democracia, a iniciativa del Congresista Roberto Angulo Álvarez, titulado: “Ley que despenaliza el homicidio piadoso y declara de necesidad pública e interés nacional la implementación de la eutanasia”.

En el Proyecto de Ley se señala que la eutanasia debe entenderse como la terminación de la vida que lleva a cabo un médico a petición del paciente, manifestando su consentimiento de forma indubitable. También es preciso señalar que el Proyecto de Ley hace referencia únicamente a la denominada Eutanasia Pasiva, es decir, cuando el paciente terminal, manifestando su consentimiento de forma indubitable, tendrá el derecho de denegar o suspender cualquier procedimiento médico que se le esté realizando o que se le estuviese por realizar, con el fin de contrarrestar la enfermedad incurable que padece.

Pero en esta oportunidad, más allá de analizar el contenido y alcances de este Proyecto de Ley, nos interesa reflexionar acerca de un asunto constitucional que en los últimos tiempos viene generando un intenso e interesante debate a nivel mundial, el mismo que para nosotros puede resumirse en la siguiente pregunta: ¿Tenemos las personas el derecho fundamental a morir dignamente?


Nosotros respaldamos este Proyecto de Ley

Antes de ello, consideramos necesario adelantar que estamos completamente a favor de la aprobación de este Proyecto de Ley que busca despenalizar el “Homicidio por Piedad” en nuestro país, regulando la práctica de la Eutanasia Pasiva (también creemos que la Eutanasia Activa debería estar legalizada), pero debemos precisar, como lo ha hecho la Corte Constitucional de Colombia (en adelante, la Corte), en la Sentencia C-239 de 1997 y Sentencia T-970/14 de 2014, respectivamente, que para excluir el carácter delictivo de la conducta, se deben cumplir los siguientes requisitos:

-       Debe mediar el consentimiento del sujeto pasivo. Pero ese consentimiento debe ser libre e informado, lo cual significa que debe ser manifestado por una persona con capacidad de comprender la situación en que se encuentra. Es decir, el consentimiento implica que el paciente posee información seria, fiable y precisa, pero además cuenta con capacidad intelectual suficiente para tomar la decisión.

-       Para garantizar ese consentimiento, el sujeto activo debe ser un médico pues es él el único capaz de brindarle la información precisa al paciente, pero además las condiciones para morir dignamente. En caso de que no sea un médico, el consentimiento estará viciado y por tanto, habrá delito.

-       El paciente debe padecer una enfermedad terminal que le cause sufrimiento, pues sin ello el elemento subjetivo de la piedad desaparecería.



El derecho a morir dignamente

A partir de lo antes señalado, para nosotros, como para la Corte, no cabe duda que el derecho a morir dignamente es un derecho fundamental. Afirmamos ello, en atención a las siguientes razones:

-   Es un derecho fundamental pues busca garantizar la dignidad del ser humano. Es decir, para que una garantía pueda ser considerada como fundamental, debe tener una estrecha relación con la dignidad como valor, principio y derecho de nuestro ordenamiento constitucional. En este caso, se trata de un derecho cuyo principal propósito es permitir que la vida no consista en la subsistencia vital de una persona sino que vaya mucho más allá. Esos aspectos adicionales son propios de un sujeto dotado de dignidad que como agente moral, puede llevar a cabo su proyecto de vida. Cuando ello no sucede, las personas no viven con dignidad. Mucho más si padece de una enfermedad que le provoca intenso sufrimiento al paciente. En estos casos, se pregunta la Corte ¿Quién si no es la propia persona la que debe decidir cuál debería ser el futuro de su vida? ¿Por qué obligar a alguien a vivir, en contra de su voluntad, si las personas como sujetos derechos pueden disponer ellos mismos de su propia vida?

-   Es un derecho que involucra aspectos que garantizan que luego de un ejercicio sensato e informado de toma de decisiones, la persona pueda optar por dejar de vivir una vida con sufrimientos y dolores intensos, pues le permite alejarse de tratamientos tortuosos que en vez de causar mejoras en su salud, lo único que hacen es atentar contra la dignidad de los pacientes. Cada persona sabe qué es lo mejor para cada uno y el Estado no debe adoptar posiciones paternalistas que interfieran desproporcionadamente en lo que cada cual considera indigno.

-   Además, recordando la Sentencia C-239 de 1997, debemos considerar que el Estado no puede oponerse a la decisión del individuo que no desea seguir viviendo y que solicita le ayuden a morir, cuando sufre una enfermedad que le produce dolores insoportables, incompatibles con su idea de dignidad. Algunas enfermedades son devastadoras, al punto de producir estados de indignidad que solo pueden ser sanadas con la muerte.

-  El fin del derecho fundamental a morir dignamente, entonces, es impedir que la persona padezca una vida dolorosa, incompatible con su dignidad. Eso se da cuando los tratamientos médicos realizados no funcionan o sencillamente cuando el paciente, voluntariamente, decide no someterse más a esos procedimientos pues considera, según su propia expectativa, que es indigno la manera como está viviendo.

-    Por lo tanto, el derecho a morir dignamente es un derecho autónomo, independiente pero relacionado con la vida y otros derechos. No es posible considerar la muerte digna como un componente del derecho a la autonomía, así como tampoco es dable entenderlo como una parte del derecho a la vida. Sencillamente, se trata de un derecho fundamental complejo y autónomo que goza de todas las características y atributos de las demás garantías constitucionales de esa categoría. Es un derecho complejo pues depende de circunstancias muy particulares para constatarlo y autónomo en tanto su vulneración no es una medida de otros derechos. En todo caso, es claro que existe una relación estrecha con la dignidad, la autonomía y la vida, entre otros. 


Pautas para debatir sobre la eutanasia en el Perú

Tomando como base la reflexión constitucional expuesta por la Corte, es preciso señalar, en primer lugar, que la discusión sobre el deber de vivir y el derecho a morir dignamente no puede darse al margen de los postulados constitucionales que rigen las relaciones sociales. A pesar de que la doctrina moral, ética, religiosa, política, entre otras, nutran las posiciones sobre determinados asuntos, la Constitución Política de 1993 como norma superior es el parámetro de interpretación jurídica que tenemos a la hora de solucionar asuntos como el que ahora nos presenta este Proyecto de Ley.

En segundo lugar, debemos tener en cuenta que la dignidad humana como principio y valor constitucional ha sido el fundamento para despenalizar el homicidio por piedad cuando se cumplan determinadas condiciones y reconocer el derecho a morir dignamente. Así, debemos recordar que a pesar de que la vida es necesaria para el goce de otros derechos, lo mismo sucede con la dignidad humana. Sin ella, difícilmente se garantiza la vida pues no puede reducirse a la mera subsistencia, sino que implica el vivir adecuadamente en condiciones de dignidad.

En tercer lugar, es primordial que reconozcamos que la Constitución no solo protege la vida sino también otros derechos. Por eso ninguno es absoluto. Cada garantía constitucional debe verse en concreto pues dependiendo de las  circunstancias particulares de los casos, su restricción será mayor o menor. Pero, sobre todo, que en el caso de la vida, por ejemplo, es posible limitarla para salvaguardar otros derechos, especialmente, el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal. Eso adquiere mayor relevancia en el caso de la eutanasia, pues no resulta posible obligar a una persona a recibir un tratamiento médico cuando su decisión es descontinuarlo, a pesar de las implicaciones que ello tiene.

En cuarto lugar, tengamos presente, como lo dice la Corte, que si bien existe consenso en que la vida es el presupuesto indispensable para disfrutar otros derechos, el punto sobre el cual debe recaer este debate sería en torno al deber de vivir cuando una persona sufre una enfermedad incurable. Así, existen al menos dos posiciones: 1) La que asume la vida como algo sagrado y 2) Aquella que estima que es un bien valioso pero no sagrado, pues las creencias religiosas o las convicciones metafísicas que fundamentan la sacralización son apenas una entre diversas opciones.



En quinto lugar, dado que el Perú es un Estado laico, el Poder Legislativo no puede limitar las visiones religiosas a una posición pues existen diversas opiniones, incluso dentro de una misma creencia, las cuales merecen respeto. Por ello, si bien el debate en torno a la eutanasia puede implicar, señala la Corte, discusiones morales, éticas y religiosas, no es dable al Estado imponer una de todas esas visiones. De la misma manera que estaría mal obligar a un médico cuyas concepciones religiosas le impedirían realizar un determinado procedimiento, también sería constitucionalmente inadmisible obligar a una persona a vivir cuando no lo quiere. De allí que se debe procurar por salidas intermedias que a veces parecen radicales, en procura de la vigencia de los derechos fundamentales de todas y todos.

En sexto lugar, a la luz de la Constitución Política de 1993, es fundamental que este debate se resuelva desde una perspectiva secular y pluralista, que respete la autonomía moral del individuo y las libertades y derechos que inspiran nuestro Estado Constitucional y Democrático de Derecho.

Conclusión

Antes de finalizar esta columna, debemos reiterar que en este caso vinculado al derecho a la vida, cuando existen argumentos médicos razonables de los que se infiere que la muerte vendrá en poco tiempo, ante lo cual la persona no escoge entre vivir y mucho tiempo, sino entre morir dignamente y vivir sin calidad, el Estado debe permitir a la persona decidir sobre su propia existencia, ya que si no fuera así, la vida se convertiría en un deber y por tanto su ejercicio dejaría de ser una garantía constitucionalmente legítima. Incluso, si los derechos se convierten en obligaciones, la idea misma de Estado Social y Democrático de Derecho carecería de contenido.


Por lo antes dicho, queda claro que el Estado no puede oponerse a la decisión del individuo que no desea seguir viviendo y que solicita le ayuden a morir, cuando sufre una enfermedad terminal que le produce dolores insoportables, incompatibles con su dignidad. Es más, tampoco puede el Estado castigar a quien pone fin a la vida de un enfermo terminal cuando medie su consentimiento. Es más, el Estado y la sociedad en su conjunto deben entender que para aquellas personas que están padeciendo dolores terribles y padecimientos insufribles, la muerte quizás sea el único acto auténticamente liberador, pues bajo determinadas circunstancias, las personas sólo alcanzamos la paz cuando nos llega la muerte.

Etiquetas: , ,