miércoles, 25 de septiembre de 2013

A FAVOR DEL MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO


NO BASTA CON LA UNÌON CIVIL NO MATRIMONIAL DE CARLOS BRUCE

En Colombia, también hace unos meses, el parlamento empezó a debatir sobre el matrimonio igualitario, es decir, sobre la posibilidad que las parejas homosexuales puedan contraer nupcias y ejercer todos los derechos de los cuales gozan las parejas heterosexuales. Esto que para muchos en nuestro país es visto como un “vanguardismo” (sobre todo ahora que el Congresista Carlos Bruce acaba de presentar un Proyecto de Ley que busca legalizar la Unión Civil No Matrimonial de estas parejas), no lo es tanto, si tomamos en cuenta que en nuestro continente países como Uruguay y Argentina ya han reconocido el matrimonio igualitario. A estos países se suman Ciudad de México, o estados brasileños como Bahía, Sao Paulo y Paraná, en donde el matrimonio igualitario ya es legal.
Nuestra Constitución y el derecho a la igualdad
Nuestra Carta Política reconoce el derecho a la igualdad. Esto quiere decir que nadie en el Perú debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión; o de cualquiera otra índole. En consecuencia, y aunque el texto no lo diga expresamente, nadie puede ser discriminado por su orientación sexual.
Por tanto, si lo que la Constitución establece tiene un efecto vinculante para todos, entonces, ¿por qué las parejas homosexuales no pueden contraer matrimonio? ¿Esta prohibición no es acaso discriminatoria? Yo creo que sí. Lo decimos claramente porque no encontramos razones que justifiquen que en nuestro país un contrato como el matrimonio sólo pueda ser celebrado por parejas heterosexuales.
La legislación no puede violar la Constitución
Entre los que se oponen al matrimonio igualitario tenemos a quienes basan su postura en lo que dispone el artículo 234º de nuestro Código Civil. El Código dice lo siguiente: El matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fin de hacer vida en común. Siguiendo esta lógica, los opositores creen que la Constitución debe interpretarse de conformidad con el Código (Ley) y no el Código (Ley) de conformidad con la Constitución, quebrando uno de los principios de interpretación jurídica más elementales del Derecho actual (hace más de 200 años esto es así).

El discurso de los que se oponen (tres falacias)
El discurso religioso (mayoritario)
El Estado peruano es no confesional. Eso quiere decir que el Perú no tiene una religión oficial y que reconoce el derecho a la libertad religiosa de todos sus ciudadanos. Si ello es así, no resulta válido afirmar que como los católicos (mayoría) están en contra del matrimonio igualitario entonces este deba prohibirse. Si eso fuera cierto, ¿qué sentido tendría reconocer el derecho a la libertad religiosa de los ciudadanos si la legislación estatal estará determinada por las lecciones bíblicas de la Iglesia Católica?
La religión es importante, eso no admite discusión. Sin embargo, al momento de legislar, las autoridades no pueden decidir en función de lo que dicte la religión mayoritaria. Si permitimos que eso pase, entonces corremos el riesgo de convertirnos en una teocracia en la cual la política no es otra cosa que un derivado de la fe. Con lo cual, la democracia republicana de la que se habla en el artículo 43º de nuestra Constitución terminará convertida en una forma de gobierno en la que la ley que rige a los ciudadanos transcribe el  mandato divino de la fe mayoritaria. Algo que atenta contra los principios de pluralismo y tolerancia que deben ser la base de sociedades democráticas como la nuestra.
El discurso del orden natural
Como los que se oponen al matrimonio igualitario saben que el argumento mayoritario (religioso) no tiene mayor sustento al momento de reconocer o ampliar derechos, estos han empezado a utilizar el argumento del orden natural. Sostienen, como lo hicieron en el pasado, que el reconocimiento del matrimonio homosexual acabará con el orden natural de la sociedad y que esta terminará por destruirse. Este argumento es falso porque reconocer una situación que ya existe en la realidad (las cifras más conservadoras dicen que el 10% de la población es homosexual) no supone el fin del orden establecido. Esto es simplemente parte de un proceso de cambio social que avanzará por más que los ultramontanos se opongan.
En todo caso, ¿por qué el temor al cambio? Recordemos que este mismo argumento fue utilizado por el mismo sector para impedir que las mujeres ejerzan derechos como el trabajo o sufragio. Se decía que si la mujer trabajaba y no se dedicaba al hogar entonces la familia se destruiría y la sociedad occidental llegaría a su fin. Han pasado más de 50 años desde entonces y seguimos acá. ¿Podemos entonces darle validez a este tipo de argumentos? Yo creo que no.


Soy igual que tú pero tengo más derechos

¿Qué tanto se quejan los homosexuales si ya se les va a reconocer el derecho a unirse civilmente (en el Perú ni eso)? Esa es una expresión que muchos defensores del “orden natural” esgrimen en diversos medios de comunicación. En mi opinión, esta expresión únicamente disfraza un pensamiento discriminatorio que pretende decirnos que “las personas somos iguales en derechos pero que los homosexuales son menos iguales que nosotros los heterosexuales”. Y como ello es así, entonces la discriminación se mantiene pero con un nuevo esquema: matrimonio para los “iguales” (heterosexuales) y uniones civiles para los “menos iguales” (homosexuales).

Bueno, esa salida sigue siendo cínica y no responde la pregunta antes planteada, ¿por qué razón los homosexuales no pueden contraer matrimonio si la finalidad del mismo es hacer vida en común? ¿Acaso las personas del mismo sexo no tienen iguales derechos que heterosexuales? Los tienen, por eso esta limitación viola los valores de igualdad, dignidad y libertad que la Constitución reconoce.



Que se casen pero que no adopten

¿Qué ocurrirá con los menores que son criados por homosexuales? ¿Acaso no terminarán adoptando la misma orientación sexual que sus padres adoptivos? Estas son las preguntas que los opositores al matrimonio igualitario hacen. Sobre este punto, debemos saber que existen estudios que demuestran que el desarrollo alcanzado por niños criados por parejas homosexuales es igual al obtenido por quienes lo fueron por parejas heterosexuales, tal y como ha sido señalado en la sentencia de la CIDH emitida en el caso Atala Riffo y niñas vs Chile. Del mismo modo, se sabe que la orientación sexual de las personas no está determinada por la de sus padres. Si ello fuese así, entonces ¿cómo explicamos que en una sociedad heterosexual tengamos que casi un 10% de esta es homosexual? Muy simple, la orientación sexual de las personas no se adquiere por imitación. Así como la orientación sexual de los padres no garantiza una paternidad o maternidad responsables.

¿Por qué estamos a favor de la legalización del matrimonio igualitario en el Perú?


Si nos fijamos con atención, son tres los argumentos que fundamentan la posición de quienes se oponen al matrimonio igualitario: 1) El moral-religioso; 2) El mayoritario; y 3) El tradicional. Los tres argumentos no pueden servir de justificación para mantener la prohibición por tres razones fundamentales: 1) La moral que protege la Constitución es la moral civil y no la de un grupo religioso en particular; 2) La opinión de la mayoría no puede justificar la restricción de derechos a una minoría basada en su orientación sexual; y 3) No se busca acabar con el matrimonio sino permitir que más personas puedan celebrarlo. Nosotros estamos de acuerdo con el matrimonio igualitario pues esta propuesta permite defender la libertad individual frente a prácticas históricamente excluyentes, allanando el camino hacia la construcción de una sociedad más tolerante, libre e igualitaria.

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