jueves, 17 de febrero de 2011

El Jurado Nacional de Elecciones versus las encuestadoras


Si nos atenemos a lo acontecido en los últimos días, la respuesta parece ser una sola: al Jurado Nacional de Elecciones (JNE). A esa respuesta hemos llegado algunos luego de que el organismo electoral emitiera el 12 de febrero del presente la cuestionada Resolución 038-2011-JNE que modificaba el Reglamento del Registro de Empresas Encuestadoras ordenando a las mismas solicitar a los encuestados sus datos personales, como el documento nacional de identidad, sus nombres, apellidos y dirección, ocasionando una verdadera avalancha de críticas entre los directores de las mencionadas empresas, medios de comunicación, e incluso, candidatos presidenciales.


Para las empresas encuestadoras, representadas por Urpi Torrado, presidenta de APEIN, la modificación al reglamento lesionaba el derecho a la libertad de trabajo y la confidencialidad de los entrevistados, elemento este último que resulta ser la base del trabajo de empresas de sondeo de opinión tanto aquí como en todas partes del mundo. En ese mismo sentido, otros especialistas, como Alfredo Torres, director de Ipsos Apoyo, indicaron que la resolución del ente electoral perjudicaba gravemente el trabajo de campo que desarrollan estas instituciones al momento de levantar información, ello ya que si se aplicara dicha disposición, la muestra obtenida ya no sería representativa del electorado nacional, sino únicamente de aquellos que aceptaron identificarse plenamente, además de los altos índices de rechazo que el personal encargado de llevar a cabo las encuestas recibiría por parte de los encuestados, debido al temor que en el ciudadano común, más si se trata de un servidor público, genera la posibilidad de ser identificado en un futuro por quien detente el poder de turno, pudiendo ser víctima de presiones de todo tipo.


Como respuesta a la posición asumida por el JNE, el gremio de empresas encuestadoras decidió aprobar un comunicado haciendo explícito su rechazo a la resolución del ente electoral, comprometiéndose a no publicar sondeos de intención de voto hasta que el jurado dejase sin efecto dicha decisión. Esta medida, calificada por algunos candidatos presidenciales, y eso es lo más preocupante, como una pataleta o un engreimiento por parte de los directores de dichas instituciones, no era sino una muestra evidente de la profunda preocupación que una decisión de este tipo había ocasionado, sobre todo, teniendo en cuenta que en cualquier otro país en donde se respeten las libertades y los procesos electorales se lleven a cabo en un clima de absoluto respeto por los principios democráticos, a un tribunal electoral jamás se le hubiera ocurrido emitir una norma de este tipo.


Como se ha podido ver en los diversos medios de comunicación, la mayoría de los especialistas en materia constitucional en nuestro país, tal es el caso del ex Defensor del Pueblo, Jorge Santisteban de Noriega, consideraban que dicha medida era abiertamente inconstitucional dado que afectaba derechos fundamentales tales como: el derecho a la libertad de información, el derecho a la reserva de las convicciones políticas, el derecho de las empresas encuestadoras a mantener el secreto profesional, entre los más importantes.


En lo personal, debo decir que suscribo en todos sus términos la opinión de Santisteban, ello debido a que en una sociedad democrática, la sociedad civil, ya sea a través de empresas encuestadoras o medios de comunicación, ponen a disposición de la ciudadanía una serie de datos o informaciones, que contribuyen a la formación de la opinión pública. Los ciudadanos, a partir de la información vertida por distintos canales o medios, forman su voto, perfilan sus preferencias, consolidan sus convicciones políticas, las cambian o matizan de manera libre. Por tanto, una norma de este tipo, que en la práctica tornaba imposible la labor de las encuestadoras, resultaría limitando el derecho de todo ciudadano a estar informado, derecho que cobra una mayor importancia en medio de una coyuntura política electoral como la que atraviesa el país en estos meses, como se diría coloquialmente, al entorpecer la labor de las encuestadoras, y dejar a los peruanos sin los datos referidos a la intención de voto, se estaría colocando una venda en los ojos del elector, situación que a todos luces es más que peligrosa. En cuanto al derecho de los propios encuestados, queda claro, y para ello solo basta con revisar nuestra Constitución, que todo ciudadano tiene el derecho de mantener en reserva sus convicciones políticas, por tanto, una norma que impone la obligación de identificar con nombre, apellido y dirección al encuestado, vulnera de manera flagrante este derecho. La situación se agrava, si a todo ello le sumamos el hecho que en nuestro país, al igual que en otros de escasa cultura democrática, este tipo de información, puesta en manos y a conocimiento de mentes perversas, podría, y esto no es una exageración, traer serias consecuencias para los encuestados que pudieran ser identificados, . En esa misma línea, las encuestadoras, y los directores de las mismas, gozan de la garantía del secreto profesional, una garantía que se vería afectada si como requisito para la publicación de los sondeos se les exigiese identificar a la totalidad de sus entrevistados. Por tanto, y esta es una opinión general al interior de la comunidad jurídica, desde un punto de vista absolutamente jurídico-constitucional, la cuestionada resolución resultaba a todas luces contraria a los derechos y valores democráticos sobre los cuales descansa nuestro orden constitucional.


En tal sentido, no resultaba exagerado afirmar que una norma de este tipo marcaba un serio retroceso en el proceso de consolidación democrática de nuestro país. Como bien apuntara el director de una de estas empresas, una norma de esta naturaleza no está presente ni siquiera en la Venezuela de Hugo Chávez, en la Bolivia de Evo Morales o en el Ecuador de Rafael Correo, todos ellos países en los cuales la palabra “respeto” por los principios republicanos y democráticos es algo así como una quimera o una broma de mal gusto. Sólo en regímenes autoritarios, dictatoriales y totalitarios una norma de este tipo cobra algún sentido. Así, podemos recordar que fue en la dictadura franquista, en la que se impuso la obligación de identificar a los entrevistados, inclusive obligándolos a firmar. Ya todos sabemos que hacía Franco y sus secuaces con dicha información: prisión, despido, acoso, violencia contra todo aquél ciudadano disidente que se atrevía a cuestionar su prédica.


Pero a pesar de todo ello, de la crítica, de la evidente preocupación de la ciudadanía en torno a esta medida del JNE, de las razones expuestas en torno a la inconstitucionalidad de la decisión y de su inviabilidad desde el punto de vista metodológico y estadístico, los miembros de este organismo, representados en esta ocasión por Greta Minaya, señalaron que no darían marcha atrás en la decisión, y que la resolución que imponía este requisito seguiría vigente. Debido a ello, no ha dejado de sorprender el hecho que a pesar de la testarudez exhibida durante largos 4 días por estos magistrados, en conferencia de prensa, el presidente del JNE, Hugo Sivina, haya salido a los medios señalando que con el ánimo de no ocasionar zozobra entre la población y en aras de restablecer la calma y tranquilidad que deben preceder a todo proceso electoral, habían decidido dar un paso atrás y dejar sin efecto la cuestionada medida. Dejando claro en todo momento que dicha decisión no respondía a presiones de ningún tipo, que su proceder no debería ser visto como un retroceso en la línea del jurado y mucho menos que la discutida norma resultaba ser atentatoria de derechos constitucionales.


Sean cuales fueran las razones que se encuentran detrás de esta decisión del JNE de rectificar y enmendar una decisión a todas luces errada, no podemos dejar de celebrar dicha medida, ya que como hemos señalado, constituía un pésimo precedente en la historia de la vida política y democrática de nuestro país. Un país, que como todos sabemos, no puede darse el lujo de cometer este tipo de equivocaciones, más cuando la misma podría resultar siendo un serio peligro para el marco de las libertades y derechos ciudadanos.


Lo que debe quedar claro, tanto para los miembros del JNE como para los políticos en general, es que en países que como el Perú carecen de un sistema institucionalizado de partidos, en el cual son estas agrupaciones las encargadas de difundir las ideas, programas de gobierno y propuestas de los candidatos a la presidencia o al congreso, la labor de los medios de comunicación y de las empresas encuestadoras es vital para transparentar el proceso electoral y con ello devolverle la calma y la confianza a la ciudadanía en el sistema democrático y en sus representantes políticos. Así, la labor de las encuestadoras, cuando es llevado a cabo de manera seria y profesional, y ejemplo de ello son instituciones como Apoyo, IMA, DATUN, CPI, IMASEN o el IOP-PUCP, es sumamente valioso pues le da la oportunidad al ciudadano de seguir de cerca el proceso, la variación en cuanto a la intención de voto, tomándole el pulso a la contienda electoral, y de ese modo, ir consolidando de una manera más cabal sus afinidades, simpatías o antipatías en torno a un candidato o partido político en particular.


Por eso resulta preocupante que algunos candidatos, Ollanta Humala y Castañeda Lossio, para no mencionar a sus militantes de segundo orden que suelen apoyarlos sin mayor reflexión, en lugar de concentrar sus esfuerzos en la difusión de sus propuestas de gobierno o en tornar más atractiva su campaña electoral, pierdan el tiempo en arremeter contra las encuestadoras, tildándolas de irresponsables, de engreídas, de trabajar al servicio de determinados grupos de poder, sin mayor prueba que la ira y enojo que genera en ellos el saber que de acuerdo a estos estudios sus posibilidades de triunfo en las elecciones de este año son cada vez más escasas. Por tanto, desconocer la labor de las encuestadoras a estas alturas del desarrollo de la ciencia estadística e informática resulta tan absurdo como discutir los resultados a los cuáles se arriba a través de los procesos físicos o matemáticos, claro está siempre que los resultados o la empresa encuestadora no sea la que todos sabemos maquilla sus cifras por órdenes del todopoderoso de Alfonso Ugarte.


Nos queda claro que la labor de las empresas encuestadoras, como la de cualquier empresa en el país, debe actuar de conformidad al orden legal establecido, queda claro que el JNE puede y debe fiscalizar dicha labor cuando entienda que existen elementos razonables que pongan en evidencia un actuar irregular por parte de las mismas, el mismo que distorsione el desarrollo de los procesos electorales, pero para ello no resulta lógico incorporar requisitos absurdos y antidemocráticos como la identificación del encuestado, basta con tener acceso a la base de datos de los estudios, indagar por la metodología utilizada por la encuestadora, por el universo de personas entrevistados, entre otros criterios, para luego de un análisis técnico determinar si los resultados fueron manipulados o no. Lo que no puede hacer la autoridad electoral es ceder a presiones de ningún tipo, vengan de donde vengan, y sin mayor análisis, sorprender al elector, a menos de 60 días de las elecciones generales, con un cambio de las reglas de juego, por más que los resultados difundidos por las encuestadoras no sean del agrado de Ollanta Humala, de Castañeda Lossio, o del propio Alan García, quien seguramente furioso y preocupado porque su candidato, tal y como lo afirmó en una ceremonia pública, no logra aparecer en los puestos de vanguardia, está dispuesto a darle algo más que un empujoncito que lo ayude a subir algunos puntos.


Los peruanos, señores del JNE, necesitamos de un organismo electoral autónomo e independiente, capaz de hacer frente a presiones y críticas, pues solo así podremos consolidar la institucionalidad que nuestro país requiere, devolviéndole al elector la confianza en el sistema de votación garantizándole transparencia y honestidad plena.

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