martes, 4 de agosto de 2009

Licencia de paternidad: Género y democracia

Octavio, Rafael, Guillermo y Percy son cuatro trabajadores peruanos exitosos que trabajan y viven en Lima. El primero de ellos es ingeniero, el segundo policía, el tercero comunicador y el cuarto empresario, respectivamente. Los cuatro tienen algo en común: todos ellos están en días previos a la llegada de un nuevo miembro a su familia, un nueve bebé. ¿Qué importancia tiene en la vida de un hombre la experiencia de ser padre? ¿Qué preparativos debe llevar a cabo? ¿Qué nuevas responsabilidades deberá de cumplir? ¿Con qué tiempo cuenta para hacer frente a estas obligaciones? Todas ellas son preguntas válidas que desde hace muchos lustros distintos sectores de la sociedad civil se han hecho, en especial aquellos vinculados a desarrollar y fortalecer los lazos y la unidad de la familia.

Sin embargo, durante mucho tiempo estos temas parecen haber sido considerados de menor importancia por nuestras autoridades políticas, razón por la cual nuestro país carece de una legislación moderna que promueva la participación del padre en la crianza de sus hijos desde los primeros años de su vida.

Hace algunos días, durante una conversación, tomé conocimiento, por medio de una amiga que trabaja en una ONG dedicada a promover los valores de la familia y los derechos de la mujer, de la existencia de dos dictámenes aprobados por las comisiones de Trabajo y de la Mujer del Congreso de la República, respectivamente, que palabras más palabras menos se muestran a favor de la denominada licencia de paternidad.

La licencia de paternidad se refiere a una institución o norma que concede al varón un período de licencia laboral desde el día que nace su menor hijo hasta que su esposa o cónyuge sea dada de alta de un centro de salud, todo ello con la finalidad de fortalecer los lazos de la familia, teniendo como premisa la importancia del rol que el padre juega en el seno de su hogar, sobre todo en los días posteriores al nacimiento del bebé, tiempo en el cual la mujer, debido a un sin número de razones, se encuentra más frágil sentimental y físicamente y necesita del auxilio del esposo para cumplir a cabalidad con el rol que ambos deberán de asumir en adelante.

Cabe señalar que durante esos días de licencia de paternidad, el trabajador no se verá privado de cobrar su día de trabajo. Ello claro está, teniendo en cuenta y con la finalidad de no menguar el presupuesto familiar que debido a los gastos propios del alumbramiento requiere ser preservado escrupulosamente.

Ambos dictámenes, tanto el de la Comisión de Trabajo como el de la Mujer coinciden en otorgarle al varón el derecho a la licencia de paternidad, la diferencia estriba en la cantidad de días que deben de ser computados como parte de este beneficio. La primera cree que dicho período debe comprender tres días hábiles, la segunda, estima que ese plazo debe de ser de 5 días, siempre contados desde la fecha de nacimiento del niño. Independientemente del tiempo que se conceda, lo importante es incorporar este derecho en la legislación laboral de nuestro país y que a partir de ello se lo amplíe tal y como ha sucedido y sucede en otros países del mundo.

Así por ejemplo tenemos que en países como Francia y Dinamarca este beneficio es de catorce días pagados, en Brasil y Chile es de 5 días, en Uruguay de tres días y en Argentina de 2, respectivamente.

Es importante destacar este tipo de iniciativas del Congreso de la República, el cual por lo general se detiene en temas de escasa o nula relevancia para nuestra sociedad, ya que este tipo de medidas contribuyen a fortalecer y democratizar a una sociedad que en temas de derecho de familia se encuentra en la coleta del desarrollo, tal y como lo demuestran las estadísticas, no solo por la conocida antigüedad de sus instituciones sino por su poca vocación de cambio y apertura a reformas que puedan hacer de la familia peruana una institución mucho más democrática, igualitaria e inclusiva.

Es necesario mencionar que en nuestro país esta iniciativa ya ha sido puesta en práctica pero con un alcance de carácter regional y local. Así, en el Callao, el 28 de junio del 2000, se estableció que los trabajadores, empleados y obreros del distrito gocen de esta licencia durante tres días hábiles. Lo mismo ocurrió en el 2003, fecha en la cual la Municipalidad de Morropón dictó un Decreto de Alcaldía que fijó también la licencia por paternidad por tres días hábiles, en ambos casos, contados desde la fecha de nacimiento del niño.

Queda claro entonces que esta iniciativa resulta fundamental para fortalecer los lazos de la familia y la unidad de la misma desde el momento mismo del nacimiento de un nuevo miembro de ella, esta norma deja atrás el paleolítico estereotipo que le asigna a la mujer el rol de reproductora y tutora exclusiva de los hijos, y al varón la labor de manutención y sostén puramente económico, esta norma, a partir de un enfoque de género, rompe con el modelo y el modelo por años consolidado en la sociedad, y le da la oportunidad al varón de involucrarse desde la edad menor del niño en su crianza y cuidado, compartiendo junto a la madre, la experiencia seguramente maravillosa de ser padres, fortaleciendo el vínculo entre los progenitores y equilibrando la responsabilidad de ambos miembros de la pareja en el cuidado y desarrollo del nuevo individuo.

Una norma de este tipo no sólo es importante desde el punto de vista jurídico, desde el prisma del derecho laboral, pues le otorga al trabajador un derecho que antes no tenía, esta norma es importante también desde un punto de vista social y político, pues democratiza a la familia, equilibra y redistribuye con mayor equidad las obligaciones que por mucho tiempo quedaron en manos de la mujer de manera exclusiva y excluyente, ya sea por desidia del varón o por un decimonónico rol de género que nos legaron nuestras antepasados.

Acostumbrémonos a mirar las relaciones de familia desde un punto de vista de género que trate de romper con patrones de conducta que durante mucho tiempo han servido para someter a una labor netamente doméstica el quehacer de la mujer. La continua aparición de la mujer en los espacios públicos, su destacada perfomance en la vida profesional, y el elevado y creciente número de mujeres que hoy en día trabajan fuera del hogar, exige por parte de la sociedad un cambio estructural que remueva sus cimientos y la prepare para afrontar los retos de un nuevo siglo y de la modernidad, exige que el varón se comprometa mucho más, con su presencia y colaboración, en las labores del hogar, como la crianza de los hijos y la atención de los mismos, con la finalidad de contribuir al desarrollo personal y profesional de su esposa o cónyuge.

Por eso es importante esta institución, pues por un lado nos permite a nosotros los varones gozar de un beneficio que nos brindará la posibilidad de estar al lado de nuestra pareja en un momento tan importante como la llegada de un niño al hogar y, por el otro, orienta el cambio en torno a una mejor y más equitativa distribución de responsabilidades al interior del seno familiar.

En ese sentido, debe destacarse la labor que diversas instituciones realizan en este ámbito, despertado en la sociedad una conciencia de género que no se limite a defender única y exclusivamente los derechos de la mujer, sino también que nos otorgue a los varones la posibilidad de acceder a beneficios, que como se demuestra en el caso de la licencia de paternidad, nos convierten en los verdaderos protagonistas del cambio, de cara a la construcción de una familia y una sociedad mucho más democrática, inclusiva y justa.

Rafael Rodríguez Campos

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