Gastón Soto Vallenas, titular del Consejo
Nacional de la Magistratura, explica en esta entrevista los objetivos trazados
para su institución en los próximos años y la necesidad de contar con mayores
recursos para este propósito. Asimismo, se pronuncia sobre las decisiones del
Tribunal Constitucional que anulan resoluciones emitidas por el CNM.
RAFAEL RODRÍGUEZ CAMPOS
1. ¿Cuál era la situación en la cual usted
encontró a la institución a partir de su designación como miembro de esta?
Se debe destacar el hecho de que la mayoría de
los miembros (cinco) del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) han asumido
el cargo hace unos pocos meses, salvo el caso de otro consejero y el mío
propio, quienes tenemos cerca de dos años en el CNM. En consecuencia, somos un
pleno nuevo, renovado y por lo tanto, como punto de partida yo precisaría que
hay un ánimo, por lo menos integrado, de recuperar la imagen, la credibilidad
del CNM frente a la ciudadanía.
2. ¿Cuáles son las tareas más importantes que el
CNM está afrontando?
Nosotros encontramos un gran
embalse en cuanto a procesos de ratificación. Teníamos más de 800 procesos de
ratificación pendientes. Ciertamente era una situación anómala que los consejeros
hemos logrado ir superando. Los avances han sido notables, al punto de que hoy
en día podemos decir que estamos “casi al día”.
Otra tarea importante es la
vinculada a los procesos de selección y nombramiento de magistrados. Como es de
conocimiento público uno de los grandes problemas de nuestro sistema de
justicia es el alto índice de provisionalidad, situación que nosotros nos hemos
empeñado en solucionar. Le alcanzo algunas cifras: el 36% de los magistrados
del Ministerio Público es, en estos momentos, provisional, como más del 33% lo
es en el Poder Judicial.
Eso podría llevar a pensar a
algunas personas que el CNM no está cumpliendo con su labor, lo que pasa es que
los resultados de los concursos para selección de jueces y fiscales no son los
mejores.
3. ¿Podría darnos mayores detalles sobre lo que
está ocurriendo en los concursos para cubrir las plazas de jueces y fiscales?
Con todo gusto. Mire, el
problema mayor que debe resolver el CNM es el de la provisionalidad de jueces y
fiscales. En ese sentido, el CNM ha organizado más de nueve concursos durante
los últimos dos años. Sin embargo, existen factores que van más allá de lo que
la institución puede hacer. Así por ejemplo, le alcanzo otro dato, en el último
concurso, solo el 21% de los postulantes logró superar con éxito la primera
etapa. Al tratarse de etapas cancelatorias, en donde para acceder a la
siguiente es necesario ir aprobando la anterior, tenemos que el número de
postulantes que llegan a la entrevista personal (última etapa) es cada vez menor.
4. ¿Y cuáles son las políticas institucionales
trazadas por el CNM para los próximos años?
Debemos reducir totalmente
el embalse que teníamos en materia de ratificaciones y continuar nuestra labor
en cuanto a los concursos de selección de jueces y fiscales. Haremos todo lo
que esté a nuestro alcance para lograr ese objetivo. A pesar de que los
resultados en los mismos no sean los que uno quisiera, hemos de decir también
que en cuanto a la selección y nombramiento se ha incrementado las plazas que
se han cubierto en 470%.
Estamos logrando disminuir
paulatinamente el índice de provisionalidad que tanto daño le hace al sistema.
Esta es una tarea bastante ardua; el problema de la provisionalidad de jueces y
fiscales se inició durante la década de los noventa, y se ha incrementado con
la entrada en vigencia del Código Procesal Penal y Laboral, los cuales exigen
tanto para el Ministerio Público, como para el Poder Judicial, un número cada
vez mayor de magistrados. En tal medida, seguiremos trabajando como hasta
ahora, organizando más procesos de selección para cubrir las necesidades del
servicio que el volumen y la carga procesal demandan.
Finalmente, quiero aprovechar
esta oportunidad para destacar la labor de Gonzalo García Núñez quien ha
desarrollado una tarea notable, especialmente en el ámbito administrativo,
renovando temas operativos del CNM con el ánimo de hacer mucho más eficiente
nuestra labor.
5. Esta tarea exige contar con mayores recursos.
¿Qué nos puede decir con respecto al presupuesto que su institución maneja?
Nuestro presupuesto sigue siendo bastante
reducido, tanto así que justamente el día de ayer hemos tenido una reunión con
el Presidente del Consejo de Ministros para tratar justamente la asignación de
un presupuesto adicional con la finalidad de contar con más personal que pueda
atender, por ejemplo, la revisión de documentos.
Esta es una prioridad debido a la cantidad de
postulantes que han habido, en los diferentes concursos, la que está alrededor
de los diez mil, cifra que como entenderá no es sencilla de manejar. Pero
además de la carencia de personal suficiente, tenemos otras necesidades no
cubiertas, empezando porque tampoco tenemos un local apropiado. Tenemos un
edificio donde los trabajadores están tugurizados. Hemos tenido que alquilar el
edificio contiguo, un par de pisos, para darles las condiciones suficientes a
los magistrados que vienen a revisar sus expedientes, aquí ya no hay espacio.
Tenemos dos pisos más en un edificio en Pardo, pero estamos dispersos. Este es
un problema que me preocupa y que creo debería solucionarse de inmediato.
6. ¿Debería el CNM estar compuesto únicamente por
profesionales del Derecho?
Sobre este punto debo hacer una confesión en voz
alta. Antes pensaba que únicamente abogados
deberían ser integrantes del CNM porque son los que más y mejor pueden evaluar
a una persona que se va a encargar de la administración de justicia, pero
cuando se trata, por ejemplo, del trabajo de selección o el trabajo de
evaluación de la conducta de los magistrados en los procesos de ratificación,
indudablemente que los conocimientos multidisciplinarios de profesionales de
diversas áreas del mundo intelectual, constituyen un aporte fundamental.
Ahora, y luego de casi dos años en el CNM, me doy
cuenta que es bueno que personas como las que tenemos en estos momentos, que
provienen de diversos sectores de la academia, formen parte del CNM, no solo
por ser seres humanos honestos y probos, sino por su amplia experiencia, de
muchos de ellos, en el Sector Público.
7. ¿Qué opinión tiene respecto de la línea
jurisprudencial que asumió el Tribunal Constitucional en los casos Hinostroza y
Castañeda, en los cuales se dispuso que el CNM vuelva a votar sobre la
postulación de estos señores al cargo de fiscales supremos?
Lamentablemente son muchos los años en los que el
Tribunal Constitucional viene, de una forma u otra, interviniendo en el ámbito
de competencias del CNM. Esto ha traído como consecuencia que muchos
magistrados tengan que ser repuestos por mandato o resolución del Tribunal o quede
sin efecto una resolución del Consejo por disposición de este Colegiado en
materia de selección y nombramiento, con lo cual, al final el CNM se ve
sometido a los criterios que maneja el Tribunal que no son en nuestra opinión,
necesariamente los legales, los constitucionales o los correctos.
8. ¿Usted cree que a veces el Tribunal
Constitucional se excede en el ejercicio de sus competencias?
Yo creo que sí. Cuando yo
tuve el alto honor de presidir el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), nos
enfrentamos al Tribunal Constitucional en defensa de sus propios fueros, y con
ello se logró hacer respetar sus competencias.
Nosotros no aceptábamos la resoluciones dictadas
por el Tribunal Constitucional que dejaban sin efecto nuestras resoluciones,
pues considerábamos que el propio Tribunal, que debe ser el garante de la
constitucionalidad, terminó por violentarla con este tipo de pronunciamientos,
por eso nuestro rechazo y nuestra crítica a este tipo de fallos que constituían
una invasión inaceptable de los fueros del jurado.
9. ¿Y qué hacer cuando las resoluciones del CNM o
del JNE lesionan el debido proceso o la tutela jurisdiccional efectiva?
Muy sencillo. Tanto el JNE
como el propio CNM tienen prevista la posibilidad de que a través de la vía del
recurso extraordinario, que es el de la reconsideración, se anulen sus propias
resoluciones cuando hay, ciertamente, una violación al debido proceso, todo
ello en el marco de sus competencias y al interior de la propia institución.
Así, en mi opinión las resoluciones del CNM no deberían ser sometidas a control
ante el Tribunal Constitucional. Pues, como ya señalé, existe el recurso
extraordinario que permite la revisión de las mismas por el propio CNM en
resguardo de los derechos de los administrados.
10. A propósito de su paso (ocho
años) por el JNE. ¿Qué opinión tiene Ud. sobre la resolución del JNE mediante
la cual se rechaza la inscripción del Movimiento por Amnistía y Derechos
Fundamentales (Movadef)?
Yo creo que el JNE actuó bien
cuando emitió la resolución que declaraba improcedente la inscripción de esta
agrupación política. Creo que fue un acierto que la evaluación de este caso
regresara a la Oficina de Registro de Agrupaciones Políticas a efecto de que
esta se pronunciara sobre asuntos que no habían sido tomados en consideración
en la resolución que había dictado, eso iba a permitir que la resolución
integrara en su contenido todos aquellos aspectos que tenían que ver con los
fundamentos o razones que sustentan el rechazo a esta agrupación. El JNE buscó
no dejar ningún cabo suelto, y en esa medida creo que el objetivo se consiguió.
11. Al Movadef se le negó su
inscripción por razones ideológicas. Es decir, se señaló que se trataba de una
agrupación antidemocrática que reivindica la figura de una persona sentenciada
por terrorismo. ¿Ud. comparte esa opinión?
Si bien la constitución prevé la
pluralidad de ideologías, en este caso es una ideología contraria a los valores
de la democracia. El Movadef no podía pasar. En principio los partidos deben
someter su inscripción al cumplimiento de los requisitos formales previstos en
la ley, pero al mismo tiempo, estas agrupaciones la pueden perder si en el
tiempo observan una conducta contraria al Estado Democrático de Derecho.
12. Si es que la Ley de Partidos
Políticos hubiese estado vigente en el año 1992, el fujimorismo habría perdido
su inscripción por el autogolpe de Estado del 5 de abril…
Ese es un tema de análisis
político muy interesante que va más allá de lo que dice la norma. No nos
olvidemos que la semana después del 5 de abril de 1192, se consultaba a la
población si estaba de acuerdo o no con el autogolpe de Estado y más del 75% de
la población señaló que sí. Quizá este respaldo le dio legitimidad social y
política a una medida en principio contraria a los valores democráticos.
13. Finalmente, ¿Qué opinión
tiene respecto de la eliminación del voto preferencial en el Proyecto de Código
Electoral y Código Procesal Electoral?
Yo creo que es un mal necesario.
Digo ello porque hasta que no sea posible garantizar la democracia interna en
los partidos, el voto preferencial genera una competencia interna, que en mi
opinión, no es mala per se. Distinto
sería el panorama, y la reflexión, si como queremos todos, los partidos
políticos se organizasen de manera democrática y la elección de los candidatos
se diese también en esos términos. Cuando ello ocurra el voto preferencial
debiera eliminarse, porque como señalan los especialistas puede terminar
convirtiéndose en un arma que genere la inestabilidad de los partidos, poniendo
en riesgo la estabilidad del propio sistema democrático.
Esta entrevista fue publicada en
el Nº 50 de LA LEY, periódico mensual del grupo editorial GACETA JURÍDICA
(MARZO DE 2012)
Etiquetas: Castañeda, CNM, Gaston Soto Vallenas, Hinostroza.
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